Sustitución de Fondo de Reparo
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Coberturas
Beneficios y ventajas
Con esta póliza, el asegurado se podrá beneficiar de una indemnización que abonará la Compañía, la cual resultará del daño efectivamente sufrido, o la que se convenga según lo que tenga que pagar el tomador por el incumplimiento del contrato y que haya sido acreditado por el asegurado, hasta su concurrencia con la proporción de la suma máxima asegurada.
Condiciones generales
Otro punto importante a tener en cuenta es que la suma máxima asegurada deberá entenderse como suma nominal no susceptible a los efectos del pago, de ninguna clase de incremento por depreciación monetaria u otro concepto. En cualquier caso, cuando se exprese el ajuste de la garantía o se prevea el ajuste de los créditos que el tomador tenga contra el asegurado, la suma asegurada será reajustada en forma automática y durante toda la vigencia. Así, la suma asegurada reajustada en la forma descrita constituirá el límite máximo de la responsabilidad de la Compañía.
A través de este seguro, todo acuerdo de cualquier naturaleza, celebrado entre el asegurado y el tomador, sin intervención de la Compañía y que afecte a la obligación garantizada, puede ser opuesto por la Compañía al asegurado, incluso cuando éste no las hubiera hecho valer o hubiera renunciado a ellas.
Requisitos y restricciones
Los clientes que quieran disfrutar de las ventajas del Seguro de Sustitución de Fondo de Reparo de MAPFRE deben cumplir una serie de requisitos y conocer además, algunas restricciones.
- La Compañía queda liberada cuando pruebe que el incumplimiento del tomador acaeciera a consecuencia del estado de guerra, invasión, actos de terrorismo, revolución, insurrección, rebelión, motín, huelgas, cierres patronales, confiscación, requisa, terremotos, temblores, erupción volcánica, tifón, huracán, tornado, etc.
- Los riesgos que deriven de disposiciones legales o reglamentarias vigentes a la suscripción o que entren en vigencia con posterioridad a la misma no están asegurados.
- Si existen otras fianzas o garantías aceptadas por el asegurado sin consentimiento de la Compañía, que cubran la totalidad del riesgo asumido por este seguro, implicará la pérdida de los derechos indemnizatorios previstos por la póliza.
Recomendaciones de uso
Para poder acceder correctamente a todas las prestaciones del Seguro de Sustitución de Fondo de Reparo de MAPFRE es importante seguir una serie de recomendaciones de uso. Detallamos las más relevantes a continuación:
- La póliza será nula cuando entre el tomador y el asegurado existan vinculaciones económicas o jurídicas de sociedad, asociación o dependencia recíproca. También cuando la relación de parentesco entre ambos sea hasta cuarto grado por consanguinidad o afinidad.
- Los derechos emergentes de esta póliza no podrán ser cedidos o transferidos total o parcialmente, sin conformidad previa, expresa y fehaciente de la Compañía.
- La Compañía procederá a abonar la indemnización al asegurado dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a contar desde la presentación de toda la documentación para la liquidación del siniestro.
- El asegurado deberá dar aviso por escrito a la Compañía de los incumplimientos del tomador que puedan dar lugar a la indemnización estipulada en esta póliza dentro de un plazo de 10 días.
- El asegurado está obligado a adoptar todos los recaudos extrajudiciales o judiciales a su alcance contra el tomador.
- El asegurado tendrá derecho a exigir a la Compañía el pago pertinente cuando el tomador no haya dado cumplimiento a sus obligaciones y cuando el asegurado haya intimado previamente al tomador el pago en forma fehaciente con un plazo de 15 días.
- La denuncia del siniestro se considerará efectuada simultáneamente a la configuración del siniestro, debiéndose acreditar toda la documentación requerida.
- El asegurado deberá configurar el siniestro a la Compañía dentro del plazo de un año de constatados los defectos de construcción o la mala calidad de los materiales, sin perjuicio del plazo establecido para la denuncia del siniestro.
- El asegurado está obligado a solicitar la previa conformidad fehaciente de la Compañía para la celebración de otros seguros que cubran el mismo interés, riesgo y obligación de esta póliza.