Mantenimiento de Oferta
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Coberturas
- Mantenimiento de la oferta
En los plazos y condiciones establecidas en los pliegos respectivos.
- Suscripción del contrato
Por el tomador en los plazos y condiciones estipuladas.
Beneficios y ventajas
Respecto del tomador del seguro, la contratación de este producto le permite no inmovilizar su capital de giro, al no tener que constituir el monto garantizado en efectivo o con otras herramientas financieras.
Condiciones generales
Además, las relaciones entre el tomador y la Compañía se rigen por lo establecido en la solicitud del seguro, cuyas disposiciones no podrán ser opuestas al asegurado. Los actos, declaraciones, acciones u omisiones del tomador que impliquen violación a lo establecido no afectarán en ningún modo a los derechos del asegurado.
Requisitos y restricciones
Los clientes que quieran disfrutar de las ventajas del Seguro de Mantenimiento de Oferta de MAPFRE deben cumplir una serie de requisitos y conocer además, algunas restricciones.
- La existencia de otras fianzas o garantías aceptadas por el asegurado sin consentimiento de la Compañía, que cubran la totalidad del riesgo asumido por este seguro, implica la pérdida de los derechos indemnizatorios previstos por la póliza.
- La Compañía no se responsabiliza cuando se pruebe que el incumplimiento del tomador acaeciera como consecuencia del estado de guerra, invasión, revolución, insurrección, motín, rebelión, poder militar, huelgas, cierres patronales, acto de autoridad pública, terremotos, temblores, erupción volcánica, tifón, huracán, tornado, ciclón, etc.
- No existe cobertura cuando el incumplimiento derive de disposiciones legales o reglamentarias vigentes a la suscripción o que entren en vigencia con posterioridad a la suscripción de la póliza.
Recomendaciones de uso
Para poder acceder correctamente a todas las prestaciones del Seguro de Mantenimiento de Oferta de MAPFRE es importante seguir una serie de recomendaciones de uso. Detallamos las más relevantes a continuación:
- La póliza será nula cuando entre el tomador y el asegurado existan vinculaciones económicas o jurídicas de sociedad, asociación o dependencia recíproca. También cuando la relación de parentesco entre ambos sea hasta cuarto grado por consanguinidad o afinidad.
- Si las vinculaciones anteriores se producen después de la emisión de la póliza, es obligatorio denunciarlas en un plazo de 20 días.
- Toda modificación o alteración convenida y no prevista en la póliza deberá ser aprobada previamente por la Compañía. El incumplimiento de esta carga hará perder al asegurado sus derechos indemnizatorios.
- El asegurado debe dar aviso por escrito a la Compañía de los incumplimientos del tomador que puedan dar lugar a la indemnización estipulada dentro de un plazo de 10 días desde que la obligación es incumplida.
- La denuncia del siniestro se considerará efectuada simultáneamente a la configuración del siniestro, debiéndose acreditar toda la documentación requerida.
- La Compañía procederá a abonar la indemnización al asegurado dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a contar desde la presentación de toda la documentación para la liquidación del siniestro.
- El asegurado está obligado a solicitar la previa conformidad de la Compañía para la celebración de otros seguros que cubran el mismo interés, riesgo y obligación de esta póliza.